PROGRAMA DE ESTÍMULO A LA CREACIÓN Y AL DESARROLLO ARTÍSTICO
Convocatoria 2006-2007

Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico


El Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico tiene como objetivos:

a) Fomentar la creación y el desarrollo artístico mediante un programa estatal de estímulos para artistas individuales (ejecutantes), creadores, grupos artísticos, jóvenes creadores y promotores culturales.
b) Dar a conocer a amplios sectores de la población las más diversas manifestaciones que conforman el patrimonio cultural del estado, a través de apoyo a proyectos en las áreas de creación artística y medios audiovisuales, así como proyectos orientados a difundir el patrimonio cultural de Coahuila.

Por lo anterior, convoca a participar en las áreas de letras, artes visuales, arquitectura, teatro, danza y música, a creadores, artistas individuales (ejecutantes), y grupos artísticos, a su décimo segundo programa anual de estímulo 2006-2007, bajo las siguientes:


BASES GENERALES

1. Podrán participar todas aquellas personas nacidas en el estado de Coahuila, lo mismo que quienes comprueben (mediante credencial de elector, o recibos de agua, luz o teléfono) haber residido en la entidad durante los 3 (tres años) anteriores a la publicación de esta convocatoria.
2. Los postulantes deberán presentar por triplicado y, en el orden que se indica, la siguiente documentación:
a) El formato de recepción del proyecto, debidamente llenado y firmado.
b) Original o copia certificada ante notario de su acta de nacimiento. En caso de ser residente, presentar credencia de elector o CURP.
c) Currículum vitae individual. En el caso de grupos, presentar el currículum del titular del proyecto y además el de la compañía.
d) Plan de trabajo a desarrollar durante la vigencia del estímulo. Esta parte del documento debe incluir, en estricto orden, la siguiente información: título del proyecto, descripción, antecedentes, objetivos                       y calendarización de informes de avance, que se presentarán cada tres meses a lo largo del año que dure el estímulo.
e) Producto final esperado (disco, montaje, publicaciones, exhibición).
f) Anexos que permitan al jurado evaluar con mayor amplitud de miras, la relevancia del proyecto (documentos probatorios del currículum, fragmentos de obra previa, reseñas y notas periodísticas acerca de su trabajo, video y/o disco compacto en el caso de ejecutantes).
3. Se aceptará únicamente un proyecto por concursante, ya sea individual o de grupo.
4. No se aceptará la participación de quienes hayan incumplido su compromiso de trabajo en alguna de las anteriores promociones del Programa de  Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico, o algún otro programa del ICOCULT o del CONACULTA.
5. No se aceptará la participación de quienes hayan sido beneficiarios del Programa de  Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico, en las promociones correspondientes
    2003-2004, 2004-2005 y 2005-2006. Tampoco la de quienes hayan obtenido algún estímulo de este Fondo en dos ocasiones.
6. No podrá participar como concursante ningún funcionario del Instituto Coahuilense de Cultura, como tampoco ningún integrante de la Comisión de Planeación del  Programa de  Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico.
7. Los estímulos que aquí se ofrecen no podrán destinarse a investigaciones académicas vinculadas con instituciones de educación
    e investigación superior.
8. Los apoyos que se otorguen no podrán aplicarse a gastos que no estén directamente relacionados con la realización del proyecto aprobado y previamente seleccionado por la Comisión Técnica nombrada por la Comisión de Planeación del Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico.
9. En ningún caso, el periodo para la conclusión de un proyecto excederá un año, a partir del momento en que el beneficiario reciba la primera ministración de apoyo a su proyecto.
10. La evaluación de los proyectos presentados    a concurso (y la consiguiente selección de los ganadores de los estímulos) estará a cargo de la Comisión Técnica nombrada por la Comisión de Planeación del Programa de  Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico. Los miembros de la Comisión Técnica serán especialistas en las diversas disciplinas artísticas que se evalúan.
11. La Comisión Técnica tiene la facultad de solicitar la información complementaria sobre los proyectos presentados a concurso y tiene la facultad de otorgar un número menor de estímulos o de declarar desierta alguna de las categorías convocadas.
12. El fallo de la Comisión Técnica es inapelable; al presentar proyecto a concurso, el participante acepta las condiciones de la presente convocatoria.
13. Las circunstancias no previstas en la presente convocatoria serán resueltas en definitiva por la Comisión de Planeación del Programa de  Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico.
14. Los titulares de los proyectos ganadores suscribirán con el Programa de  Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico un convenio en el que se precisen las obligaciones de ambas partes, por lo que se refiere al otorgamiento de los recursos económicos, así como al desarrollo  y presentación de los informes de avance de los proyectos ganadores.
15. Además de los informes trimestrales estipulados en el apartado 2d de estas bases, los titulares de los proyectos ganadores se obligan a presentar un informe final que incluya los anexos, materiales y aclaraciones pertinentes para mostrar la conclusión del proyecto de acuerdo con los objetivos y metas expuestos en la solicitud, y a invitación de la Comisión de Planeación deberá participar con el avance de su proyecto beneficiado.
16. En caso de que los beneficiarios de los estímulos incumplieran el compromiso signado con el Programa de  Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico, la Comisión de Planeación tiene la facultad de suspender temporalmente,   e incluso cancelar, las ministraciones de los estímulos, sin importar la etapa de desarrollo en que el proyecto se encuentre.
17. El Programa de  Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico devolverá en las oficinas del Instituto Coahuilense de Cultura la documentación de quienes no resulten beneficiarios, del día 8 al 11 de agosto de 2006, de las 10:00 a 14:00 horas y de las 18:00 a 20:00 horas. El Programa de  Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico no responde por documentación no reclamada durante este periodo.
18. Los creadores que obtengan algún estímulo, en todo momento, conservarán los derechos de autor sobre su obra, comprometiéndose únicamente a otorgar los créditos correspondientes al Programa de  Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico.
19. Todos los proyectos deberán presentar alguna propuesta viable de difusión del trabajo (ciclo de conferencias, exposiciones, mesas redondas, encuentros, videos, talleres, coloquios): ni el Programa de  Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico ni el Instituto Coahuilense de Cultura en ningún momento se obligan a realizar acciones tendientes a promover, editar, publicar, exponer, grabar, poner en escena ni a proporcionar escenarios o espacios a los proyectos seleccionados durante o al término de la vigencia del estímulo.
20. La fecha límite para presentar los proyectos a concurso es el día 12 de mayo a las 18:00 horas en punto, sin excepción. El cierre de recepción de trabajos estará certificado por un notario público. Los proyectos enviados por correo se aceptarán a concurso si el matasellos postal no rebasa la fecha de cierre de la convocatoria consignada.
21. Los resultados de la convocatoria se publicarán el 18 de junio en los periódicos de mayor circulación en el estado.
22. El Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico comunicará a los beneficiarios con toda oportunidad la fecha, hora y lugar de la ceremonia de entrega de la primera ministración.
23. No se aceptarán anexos o correcciones después de recibida la documentación. Cualquier solicitud que no cumpla con las bases de la convocatoria quedará automáticamente descalificada.
24. Las solicitudes y proyectos deberán enviarse a:


PROGRAMA DE ESTÍMULO
A LA CREACIÓN
Y AL DESARROLLO ARTÍSTICO

Juárez e Hidalgo s/n, Zona Centro
C.P. 25000, Saltillo
Teléfono y fax: (01-844) 410-20-33,
414-27-47 y 414-18-33
Correo electrónico: institutocoahuilensedecultura@yahoo.com.mx

Para facilidad de los participantes, las representaciones del ICOCULT en el estado serán sedes para recepción de proyectos y ofrecerán asesoría para la elaboración de los trabajos concursantes.

Región Centro Desierto
Museo Coahuila y Texas
Plaza Aldama s/n, Sector el Pueblo
25730, Monclova
Tel. (01-866) 632-05-13

Región Laguna
Centro de las Artes Icocult-Laguna
Calzada Colón y Av. Juárez s/n
27000, Torreón
Tel. (01-871) 712-46-00 y 712-46-05
Región Carbonífera
Casa de la Cultura
Emilio Carranza esq. Gómez Farías
Col. Centro. C.P. 26700, Sabinas
Tel. (01-861) 612-91-34

Región Norte-Cinco Manantiales
Instituto Municipal de Cultura
Blvd. López Mateos 800
Zona Centro. C.P. 26000, Piedras Negras
Tel. (01-878) 782-26-56


I. ESTÍMULOS A PROYECTOS DE PRESERVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y DIFUSIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL

Con el objeto de fomentar las iniciativas individuales o colectivas que presenten proyectos de preservación, investigación y difusión del patrimonio cultural de la entidad, tangible e intangible, de investigación, producción y diseño de materiales escritos, gráficos, audiovisuales o electrónicos, que difundan ante amplios sectores de la población las más diversas manifestaciones del patrimonio artístico y cultural, histórico, arquitectónico, arqueológico y otras expresiones culturales, con las características necesarias para una real incidencia ante públicos extensos.
El Programa de  Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico convoca a concursar por tres (3) apoyos, con un monto máximo de $25,000.00 (veinticinco mil pesos) por proyecto seleccionado.
El monto total de cada apoyo y su forma de pago será establecida por la Comisión Técnica del Programa de  Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico, de acuerdo con las características de los proyectos seleccionados.

BASES

Cumplir con lo establecido en las bases generales en lo relativo a la presentación de proyectos.

II. ESTÍMULOS
PARA JÓVENES CREADORES

El Programa de  Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico convoca a los jóvenes creadores a concursar hasta por doce (12) estímulos para el desarrollo de la creatividad, con un monto mensual de $3,000.00 (tres mil pesos) cada uno por un año. Los estímulos apoyarán a los jóvenes creadores que presenten propuestas relevantes en las siguientes disciplinas y géneros:

LETRAS
poesía, novela, cuento, ensayo, crónica
ARTES VISUALES
pintura, gráfica, tapiz, escultura, fotografía, video, cine, caricatura
ARQUITECTURA
arquitectura y ecología, arquitectura en espacios culturales, adecuaciones, remodelaciones
TEATRO
dramaturgia, dirección escénica
DANZA
coreografía
MÚSICA
composición


BASES

Además de las establecidas en las bases generales, el solicitante deberá:
1. No ser menor de 18 años y no mayor de 30, al cierre de la convocatoria, conforme con su acta de nacimiento, cuya copia deberá acompañar a la documentación.
2. Haber realizado trabajos de creación en las áreas a las que se refiere la presente convocatoria.
3. Entregar el material por triplicado que considere pertinente para la evaluación de su trabajo anterior.
4. Presentar el plan de trabajo por desarrollar durante el ejercicio del estímulo.


III. ESTÍMULOS PARA DESARROLLO ARTÍSTICO INDIVIDUAL

El Programa de  Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico ofrece hasta seis (6) estímulos para apoyar el desarrollo profesional de intérpretes, ejecutantes, y actores. El monto de los estímulos será de $3,000.00 (tres mil pesos) mensuales cada uno, y su duración será de un año.

BASES

Además de las establecidas en las bases generales, el solicitante deberá:
1. Entregar el material que considere pertinente para la evaluación de su trabajo anterior.

 

IV. ESTÍMULOS PARA
PRODUCCIONES ESCÉNICAS


El Programa de  Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico, con el objeto de apoyar a la producción de obras teatrales, coreográficas           y escénico-musicales, incluyendo actividades infantiles, que resulten viables y de interés para el desarrollo cultural de la entidad.  Como parte del estímulo, los grupos, compañías, solistas (acompañados de un ensamble) de la entidad, podrán participar con un proyecto de producción escénica o repertorio, que contemple su presentación pública en un plazo máximo de seis meses a partir de la primera ministración. Los lugares, fechas y condiciones para las presentaciones serán acordados por el Instituto Coahuilense de Cultura. El estímulo otorgado deberá ser suficiente para cubrir el presupuesto total de la producción.
El Programa de  Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico convoca a concursar hasta por un (1) apoyo de $40,000.00 (cuarenta mil pesos) para montar la producción.

BASES

1. Además de cumplir con lo establecido en las bases generales, podrán participar las compañías y grupos artísticos con una sola obra o programa artístico.
2. Los lugares y las fechas de presentación de las obras de las compañías o grupos ganadores serán acordados con éstos y coordinados por el Instituto Coahuilense de Cultura.
3. En ningún caso el número de presentaciones será mayor de tres (3).
4. Las propuestas que concursen deberán ser claras y específicas, considerando que serán presentadas en plazas o espacios convencionales y para públicos amplios, y deberán señalar el tipo de obra, el número total de integrantes, los requerimientos técnicos y de transporte, y demostrar que, en su caso, cuentan con los derechos de autor de la obra o programa que se propone presentar.


V. ESTÍMULOS
A LA CREACIÓN ARTÍSTICA

Con la finalidad de fomentar el desarrollo de la creatividad, el Programa de  Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico ofrece a los creadores de la entidad, nueve (9) estímulos individuales a su trabajo para la aplicación y el enriquecimiento de su obra, con un monto de $4,000.00 (cuatro mil pesos) mensuales cada uno por un año. Los estímulos se otorgarán a las propuestas más relevantes en las siguientes áreas de creación artística:

LETRAS
poesía, novela, cuento, ensayo, crónica
ARTES VISUALES
pintura, gráfica, tapiz, escultura, fotografía,
video, cine, caricatura
ARQUITECTURA
adecuaciones, remodelaciones
TEATRO
dramaturgia, dirección escénica
DANZA
coreografía, diseño escénico
MÚSICA
composición


BASES

Además de las establecidas en las bases generales:

1. Los candidatos deberán haber desarrollado una trayectoria de creación en el área en que se postulen.
2. Los candidatos seleccionados conservarán los derechos autorales sobre su obra, comprometiéndose a otorgar los créditos correspondientes al Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico.
3. Estos estímulos no son para ejecutantes o investigadores, y los concursantes no podrán presentar candidatura en más de una disciplina.
4. Deberán presentar por triplicado, constancia que acredite la realización de trabajos de creación.
5. Para pintores, artistas gráficos, escultores y fotógrafos: anexar como mínimo un catálogo de exposición individual y de 10 a 15 diapositivas de 35 mm o fotografías que ilustren su obra.
Arquitectos: anexar muestra de su obra a través del medio que consideren idóneo.
Escritores y dramaturgos: anexar como mínimo un título de su trabajo publicado.
Músicos: anexar como mínimo una copia de una partitura de su autoría y videograbaciones en formato VHS, con la interpretación de la obra, y al menos un programa de mano de concierto, recital u otro en que se haya ejecutado su obra.
Directores en las áreas de video, danza             y teatro: anexar de 10 a 15 diapositivas de    35 mm, o fotografías que ilustren su trabajo video-casete formato VHS (opcional), y al menos un programa de mano.
6. Todas las constancias deberán presentarse identificadas con el nombre del candidato, título de la obra, materiales, técnicas, dimensiones o duración según corresponda, fecha y lugar de realización o presentación.


VI. ESTÍMULO
AL CREADOR EMÉRITO

El Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico ofrece un (1) estímulo individual por $50,000.00 (cincuenta mil pesos), un reconocimiento y una presea a destacados artistas e intelectuales del estado, en una sola emisión. Este apoyo será entregado a un creador que, por su trayectoria, haya contribuido al enriquecimiento del legado cultural de nuestro estado, y participando en la formación de artistas de otras generaciones, bajo las siguientes:


BASES

Además de las establecidas en las bases generales, con excepción del punto 2d:

1. Los candidatos deberán ser propuestos por instituciones o asociaciones culturales, educativas u organismos colegiados.
2. Deberán presentar propuestas por escrito, anexar carta de aceptación del candidato y currículm, el cual deberá incluir copia de los documentos que lo avalen.
3. El candidato deberá ser mayor de 60 años a la fecha de su designación como creador emérito.
4. En el momento de la asignación, no gozar de otro estímulo auspiciado por el Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico.

 

Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno  y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro       y otros distintos a los establecidos.  Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.

 



  
INSTITUTO COAHUILENSE DE CULTURA
Calle Juárez esquina con Hidalgo, Zona Centro, C.P. 25000, Saltillo, Coahuila, México
Teléfonos: (844) 410 2033, 414 2747, 414 1833